VADEMECUM NACIONAL DE MEDICAMENTOS
Fecha límite para ingreso y/o corrección de datos de medicamentos
Visto la Disposición ANMAT N° 5039/14 y la Resolución N° 215/14
de la Secretaría de Comercio; los titulares de registros inscriptos en
el Registro de Especialidades Medicinales (REM) deberán ingresar al
portal web del VNM a través de la aplicación
http://anmatvademecum.servicios.pami.org.ar/index.html y completar y/o
corregir la carga de los datos requeridos por el art. 2° de la Disposición mencionada, para cada presentación comercializada.
La carga tendrá carácter de declaración jurada y deberá efectuarse hasta el 30 de enero de 2015.
El
incumplimiento de esta medida dará lugar a la aplicación de las
disposiciones sobre procedimientos, recursos y prescripciones de las
leyes 16.463 , 22.802 , 24.240 y de las sanciones que pudieran corresponder.
Comuníquese
a: Coordinación de Gestión Administrativa (Departamento de Despacho);
Dirección de Gestión de Información Técnica; Dirección de Relaciones
Institucionales y Regulación Publicitaria; Cámara Industrial de
Laboratorios Farmacéuticos Argentinos (CILFA), Cámara Argentina de
Especialidades Medicinales (CAEMe), Cámara Empresaria de Laboratorios
Farmacéuticos (COOPERALA), Cámara Argentina de Productores de
Medicamentos Genéricos y de Uso Hospitalario (CAPGEN) y a la Cámara
Argentina de Medicamentos de Venta Libre (CAPEMVeL). Dése a la Dirección
Nacional de Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial.
Ing. ROGELIO LOPEZ, Administrador Nacional, A.N.M.A.T. |
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