lunes, 10 de junio de 2013

CHILE: LOS TEMAS CLAVE DE LA LEY DE MEDICAMENTOS QUE VOTARÁN LOS DIPUTADOS

Fuente: pmfarma.com
Se autoriza su comercio en supermercados, venta por unidades y facultad de importar medicamentos a Cenabast.
El proyecto que modifica el Código Sanitario en materia de regulación de farmacias y medicamentos ingresó al Congreso el 13 de mayo de 2009 y esta semana tendrá una prueba de fuego en la sala de la Cámara de Diputados, cuando sea sometido a votación artículo por artículo.
La normativa, entre otros aspectos, considera la intercambiabilidad de productos de marca por bioequivalentes, fraccionamiento de remedios para venta por unidad, permite venta de medicinas sin receta médica en góndolas de las farmacias y locales comerciales con otro giro, y la inclusión de la denominación internacional de los fármacos en la receta médica (genérico).


Cabe recordar que la norma relativa a la venta en góndolas era un proyecto que originalmente fue impulsado por el ministerio de Economía y el Ejecutivo resolvió sumarlo al proyecto de ley que impulsa el Ministerio de Salud.
El proyecto establece que esa cartera deberá asegurar el acceso a medicamentos de probada calidad y, para ello, actualizará el Formulario Nacional que contendrá la nómina de medicamentos esenciales que servirá de base para determinar los petitorios mínimos con que deberán contar las farmacias.
También establece que el ISP llevará un registro de todos los productos farmacéuticos evaluados favorablemente en cuanto a su seguridad y a la calidad. Ningún producto farmacéutico podrá ser distribuido en el país sin que haya sido registrado.
El ISP podrá autorizar provisionalmente la distribución, venta o expendio y uso de productos farmacéuticos sin previo registro, para usos medicinales urgentes derivados de situaciones de desabastecimiento.
Además, prohibe los incentivos económicos de cualquier índole que induzcan a los profesionales habilitados para prescribir y dispensar medicamentos para privilegiar determinado producto.
Respecto de la receta, establece que en la prescripción de un fármaco se deberá individualizar el remedio por su denominación genérica, independientemente que se agregue el nombre de fantasía o de marca.
A ello agrega que se establecen sanciones para el propietario, el director técnico y el auxiliar de la farmacia que expendan un medicamento diferente del indicado en la receta.
Otro punto importante es que permite la intercambiabilidad de la receta por medicamentos que mantengan el mismo principio activo y dosis y posibilita que en aquellos lugares donde no existan farmacias establecidas, se autoricen farmacias móviles.
Finalmente, permite la venta de dosis unitarias de medicamentos para la entrega del número de dosis requerido por la persona según prescripción del profesional competente.
El Gobierno argumenta que el proyecto disminuirá el costo de los medicamentos que según el Ministerio de Salud “son cada vez más caros, en los últimos 11 años el alza de precio de los medicamentos ha sido 21% mayor al IPC”. 
Diario Financiero

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