viernes, 17 de diciembre de 2010

MÉXICO AMPLÍA PLAZO PARA RENOVAR PATENTES FARMACÉUTICAS

Pmfarma.com.mx
El pleno de la Cámara de Diputados aprobó con 212 votos a favor, 111 en contra y ocho abstenciones, una reforma a la Ley General de Salud que agiliza y amplía el plazo para la renovación de registros de patentes para medicamentos.
De acuerdo con la exposición de motivos, la reforma al Artículo 376 de La Ley General de Salud pretende acabar con la "discrecionalidad" de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) en el otorgamiento de permisos y combate los llamados "productos milagro".
En tribuna, el diputado del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Antonio Benítez Lucho (foto), indicó que la reforma dotará de certidumbre jurídica a la industria farmacéutica al agilizar la renovación de los registros sanitarios.
Actualmente, recordó, está pendiente renovar el registro sanitario de 10 mil medicamentos, además de otros 35 mil insumos del sector salud, mismos que seran beneficiados con la reforma, pues, aseguró, tendrán certeza jurídica.
La reforma busca dotar a la industria farmacéutica de certidumbre jurídica y evitar un impacto económico negativo que se reflejaría en un encarecimiento de los medicamentos, toda vez que la regulación específica para la renovación de los registros sanitarios no ha sido publicada.
"No se trata de darle un plazo específico a un registro sanitario, sino de quitarle la facultad discrecional al comisionado de Cofepris para que diga quien vive y quien muere en los procesos licitatorios", subrayó.
La reforma señala que la renovación del registro se otorgará únicamente cuando las autoridades hayan constatado la calidad, los medicamentos y otros insumos para la salud.
Asimismo los titulares de los registros sanitarios tendrán la obligación de presentar en un plazo de 12 meses, a partir de la publicación de las bases, la renovación del registro sanitario de medicamentos.
"El Ejecutivo federal deberá expedir el reglamento para la renovación de los registros sanitarios en un plazo no mayor a 90 días naturales a partir de la entrada en vigor del presente decreto", precisó la iniciativa.
Fuente: Notimex

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